20: Disposiciones de la Ley de Distritos Agrícolas

20: Disposiciones de la Ley de Distritos Agrícolas

Distritos Agrícolas

El artículo 25-AA de la Ley de Agricultura y Mercados autoriza la creación de distritos agrícolas locales por iniciativa de los propietarios de tierras, la revisión preliminar del condado, la certificación estatal y la aprobación del condado. La mayoría de los condados han colocado las tierras agrícolas en distritos agrícolas certificados por el Estado. Aunque son creados por el condado y certificados por el Estado, los municipios no tienen ninguna autoridad sobre los distritos agrícolas. Los distritos agrícolas no deben confundirse con la zonificación agrícola que puede existir en algunos municipios.

El objetivo de los distritos agrícolas es fomentar el uso sostenido de las tierras de cultivo para la producción agrícola. El programa se basa en una combinación de incentivos y protecciones para los propietarios, todos ellos diseñados para evitar la conversión de tierras agrícolas en terrenos para usos no agrícolas. Estos beneficios incluyen un tratamiento preferencial de los impuestos sobre la propiedad inmobiliaria (valoración agrícola y valoración de beneficios especiales); y protección contra leyes locales excesivamente restrictivas, proyectos de adquisición o construcción financiados por el gobierno y demandas privadas por molestias relacionadas con las prácticas agrícolas.

Valoración Agrícola

Ofrece a los propietarios de tierras agrícolas la oportunidad de recibir valoraciones de la propiedad inmobiliaria basadas en el valor de sus tierras para la producción agrícola en lugar de su valor de desarrollo urbano. (Para más información, véase la Ficha sobre valoración agrícola nº 21).

Notificación de Intención

Obliga a las agencias estatales, a los gobiernos locales y a las corporaciones de beneficio público a evitar o minimizar los impactos adversos en las operaciones agrícolas al llevar a cabo proyectos dentro de un distrito agrícola que impliquen la adquisición de tierras agrícolas o el adelanto de fondos públicos para ciertas actividades de construcción. El personal de la División lleva a cabo revisiones detalladas de los proyectos y recomienda medidas de mitigación. Los proyectos no pueden seguir adelante hasta que se complete el proceso de notificación.

El Derecho de Cultivar

Autoriza al Comisionado a emitir dictámenes, previa solicitud, sobre la solidez de determinadas prácticas agrícolas. Si el Comisionado determina que una práctica es sana, no constituirá una molestia privada. Esto protege a los agricultores en los casos en que los vecinos u otras personas se quejan de las actividades agrícolas

Determinaciones de Empresas Agrícolas

El Comisionado está autorizado a emitir un dictamen sobre si determinados usos del suelo tienen carácter agrícola. Esta disposición ayuda a determinar si la ley de distritos agrícolas es aplicable a una empresa agrícola concreta que pueda ser cuestionada por las autoridades locales u otras.

Divulgación Inmobiliaria 

Requiere que se proporcione una declaración de divulgación en el momento del cierre de la venta de bienes raíces que indique si la propiedad está en un distrito agrícola. De este modo se notifica al nuevo propietario que las actividades agrícolas son de esperar.

Leyes Locales Restrictivas

Protegen a los agricultores en los distritos agrícolas contra las leyes locales que restringen injustificadamente las operaciones agrícolas. El personal de la División revisa tanto las leyes existentes como las propuestas para determinar si son compatibles con las operaciones agrícolas. Si se determina que una ley local no es razonable, el personal trabaja con el gobierno local para desarrollar modificaciones mutuamente aceptadas. Si un gobierno local no está dispuesto a modificar una ley restrictiva, el departamento está autorizado a tomar medidas para obligar al cumplimiento de la Ley de Distritos Agrarios. Las solicitudes de revisión deben presentarse por escrito.

Resumen de la Ficha

    Puede encontrar una copia del texto completo de la Ley del Distrito Agrícola del Estado de Nueva York haciendo clic aquí.

    Por el contrario, puede llamar al: (518) 457-7076