7: Vehículos de la Granja

7: Vehículos Agrícolas

Requisitos del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) y del Departamento de Transporte

Inscripción

Los camiones y remolques que se utilizan para fines agrícolas normalmente se pueden registrar en el DMV bajo la clase "Agrícola" (Tenga en cuenta que esto es diferente de la clase "Farm"). Los detalles sobre los requisitos, las tasas, el seguro y la inspección están aquí: https://dmv.ny.gov/registration/about-agricultural-and-farm-vehicles

El término "Covered Farm Vehicle" (CFV) o Vehículo Agrícola Cubierto, se define como un vehículo o combinación de vehículos registrados en este Estado que debe cumplir con lo siguiente:

  • Ser operado por el propietario o el operador de un negocio agrícola, rancho, finca, granja, o un empleado o miembro de la familia de un propietario u operador de una granja o rancho
  • Ser utilizado para transportar productos agrícolas, ganado, maquinaria o suministros hacia o desde una operación agrícola
  • No ser utilizado para las operaciones de transporte por carretera contratadas a terceros, excepto la operación por un arrendatario en virtud de un acuerdo de reparto de la cosecha para el transporte de la cosecha del propietario
  • No ser utilizado para transportar materiales peligrosos.

El formulario CFV- 1 designa el vehículo como Vehículo Agrícola Cubierto (tenga en cuenta que no es necesario presentar este formulario; puede simplemente rellenarlo y llevarlo en la guantera). Descargue copias del CFV-1 del sitio web del DMV en "Designation as a New York State Covered Farm Vehicle" (pdf) (CFV-1), u obténgalas en su oficina local del DMV.

La designación de Vehículo Agrícola Cubierto significa que usted está exento de necesitar una licencia de conducir comercial (Commerical Driver's License, CDL) para operar un vehículo CFV, a menos que el Peso Bruto Combinado del Vehículo (Gross Combined Vehicle Weight, o GCVW) supere las 26.000 libras.  También significa que está exento de algunas normativas federales relacionadas con las horas de servicio, la certificación médica, las pruebas de drogas y los requisitos de mantenimiento (se aplican los requisitos estatales).

Al llevar un remolque o tráiler con un peso combinado superior a 10.000 lbs, o un vehículo agrícola pesado de más de 10.000 lbs para un negocio agrícola comercial, debería:

  • Rellenar el formulario CFV-1 (vehículo agrícola cubierto) y guardarlo en la guantera
    https://dmv.ny.gov/registration/about-agricultural-and-farm-vehicles
  • Obtener un número del USDOT (Departamento de Transporte de EE.UU.) y muéstrelo en el lateral de su camión con el nombre de la granja (el tipo de letra debe tener al menos 2 pulgadas de altura, visible desde 50 pies de distancia).  Esta información puede colocarse en rótulos magnéticos, ya que sólo se requiere que se muestre cuando se opera un vehículo o una combinación de vehículo y remolque con un peso bruto combinado del vehículo (GCVW) superior a 10.000 lbs. Existen requisitos adicionales de señalización de vehículos si se opera en la Ciudad de Nueva York.
    https://www.dot.ny.gov/divisions/operating/osss/truck/registration-licensing
  • Entrar en las estaciones de pesaje cuando están abiertas - Aunque el CFV no está sujeto a la inspección normal en carretera, los Vehículos Agrícolas Cubiertos deberían entrar en los puestos de control de seguridad si los puntos están activos. 
  • Si usted maneja un CFV con menos de 26.000 libras GCVW, no necesita tener una bitácora de horas de manejo en ninguna parte de los Estados Unidos (está exento del requisito de Horas de Servicio).

Al operar un camión y/o remolque con un Peso Bruto Combinado del Vehículo (GCVW) mayor a 26,000 lbs:

  • Se aplica todo lo anterior, y además
  • Si el vehículo o una combinación vehículo/remolque que normalmente requerirían una licencia CDL (es decir, GCVW >26K) sólo se opera en un radio de 150 millas de la granja, usted NO necesita tener una CDL. 
  • Si usted está operando una configuración de clase B (camión de más de 26,000 libras) o una de clase A (remolque de más de 10,000 lbs y la combinación es de más de 26,000 lbs), usted está exento de necesitar una CDL si tiene una licencia de Farm A o Farm B y sólo opera dentro de 150 millas de su operación agrícola. 
  • Si lleva el vehículo más allá del radio de 150 millas, debe tener una CDL y estará sujeto al requisito federal de Horas de Servicio. 
Resumen de la Ficha

    Para más información sobre los emblemas de SMV, consulte:

    1. State Vehicle and Traffic Regulations (Normativa estatal sobre vehículos y tráfico)
    2. Title 15, Part 68 – Slow-Moving Vehicle Emblem (Artículo 15, parte 68 - Emblema de vehículo de baja velocidad ) (15 NYCRR 68)

    Para más información sobre los equipos de iluminación necesarios, consulte:

    1. State Vehicle and Traffic Regulations (Normativa estatal sobre vehículos y tráfico)
    2. Title 15, Part 43 – Motor Vehicle Lighting (Title 15, Part 43 – Iluminación de vehículos) (15 NYCRR 43.9)

    Desplazamiento de Tractores y otros Equipos Agrícolas por la Vía Pública

    El emblema de "vehículo de marcha lenta", un triángulo naranja fluorescente o reflectante, debe exhibirse en la parte trasera de los vehículos arrastrados por animales, así como en la mayoría de los vehículos agrícolas y equipos de construcción. Debe exhibirse en todos los equipos diseñados para funcionar a 25 mph o menos, ya sean autopropulsados o utilizados en combinación. Estos rótulos se desvanecen con el tiempo, por lo que se recomienda sustituirlos cada 2-3 años. El emblema debe exhibirse por separado en cada pieza del equipo, ya sea autopropulsado o utilizado en combinación, conforme a VTL 375-36(b).

    Es ilegal operar equipos agrícolas en cualquier carretera pública entre los 30 minutos después de la puesta del sol y los 30 minutos antes de la salida del sol o en cualquier momento cuando la visibilidad por delante o por detrás es inferior a 1000 pies, a menos que el equipo esté equipado con lámparas aprobadas que funcionan. Si se encuentra en una carretera pública después del anochecer, los requisitos incluyen:

    • Dos faros blancos en la parte delantera del tractor a la misma altura y tan separados como sea práctico
    • Una luz trasera roja en el extremo más alejado (tractor o implemento) y tan separada como sea posible 
    • Dos luces ambarinas combinadas de advertencia de peligro e indicadores intermitentes de giro a una altura mínima de 42 pulgadas al mismo nivel, visibles desde la parte delantera y trasera. Si sólo se trata de un tractor (sin remolque), estas luces pueden estar en el remolcador. Si se remolca cualquier aparato, estas luces deben montarse en la parte trasera del aparato.
    • Dos reflectores rojos en la parte trasera del aparato, al mismo nivel y tan separados como sea práctico.

    Una Excepción Importante

    Si el ancho de la combinación tractor/aparato está entre 12 y 17 pies, no se puede circular por las vías públicas después del anochecer. Cuando se desplaza durante el día, es necesario colocar banderas fluorescentes rojas o naranjas de no menos de 18 pulgadas cuadradas y reflectores en las esquinas extremas de la carga. Asimismo, 2 luces ambarinas o luces de emergencia visibles desde la parte trasera de la carga deben estar parpadeando. Si el vehículo o el aparato se extienden más allá de la línea central o si circulan durante inclemencias meteorológicas, el aparato debe ser precedido por un vehículo de escolta con una señal de advertencia y luces intermitentes.

    El Transporte de Materiales Peligrosos en la Vía Pública

    Un agricultor que opera por cuenta propia (no por cuenta ajena) está exento de la normativa de rotulación y marcado de vehículos cuando transporta un producto agrícola (material peligroso incluyendo fertilizantes, pesticidas, combustible, etc.) por las carreteras locales entre los campos utilizados por su operación agrícola.

    Certificación de Jóvenes para Manejar Tractores y Maquinaria

    El Programa de Desarrollo Juvenil 4-H del Estado de Nueva York ofrece la Certificación de Jóvenes de 14 años en adelante para manejar Tractores y Maquinaria.  Esta certificación permite a los jóvenes de 14 y 15 años manejar legalmente tractores y maquinaria fuera de la operación agrícola familiar.  La sensibilización sobre la seguridad en los negocios agrícolas es uno de los principales objetivos. https://nys4-h.org/risk-management