16: Impuestos sobre la Renta

16: Impuestos sobre la Renta

Impuestos Federales sobre la Renta

¿Apéndice C o F?

Cuando usted vende ganado, cultivos, granos u otros productos, el importe total que recibe y los costos asociados con su compra y su producción deberían ser reportados en el formulario Apéndice F de impuestos sobre la renta.

Si sus actividades comerciales han sido no agrícolas, deben ser reportadas en el Apéndice C. Un ejemplo de negocios no agrícolas serían los de un minorista de cultivos que compra los mismos al por mayor y los vende al por menor, y que no ha cultivado nada. Si su operación agrícola tiene un negocio dependiente como por ejemplo una tienda de regalos, un restaurante, o una pensión de hospedaje y desayuno, entonces los ingresos y los costos asociados con esta actividad tendrían que reportarse en el Apéndice C.

Es generalmente ventajoso reportar ingresos agrícolas y gastos en el Apéndice F, porque a los agricultores se les permite usar la contabilidad de caja, mientras la mayoría de otros negocios está obligada a usar la contabilidad patrimonial. En la contabilidad de caja, se reportan los ingresos y gastos tal como se reciben o se pagan, mientras que en la contabilidad patrimonial se reportan los ingresos cuando estos se ganan y los gastos en el momento en que estos se facturan (pero no cuando se pagan).

Por ejemplo: usted gastó $5.000 en 2016 para llenar los depósitos de combustible en su operación agrícola, y al final del año aún le quedan $3.000 de combustible. En la contabilidad de caja, se reportaría un gasto de $5.000 en su declaración fiscal de 2016, mientras en la contabilidad patrimonial se reportaría sólo un gasto de $2.000. Si usted no tenía el efectivo necesario como para cancelar la factura de $5.000, no podrá reportar ningún gasto en su declaración fiscal si utiliza el método de contabilidad de caja, pero aún podría reportar un gasto de $2.000 en su declaración fiscal si utiliza la contabilidad patrimonial, aunque aún no haya cancelado la factura.

Resumen de la Ficha

    Depreciación

    La depreciación es el valor reducido de un activo con una vida útil de más de un año.

    Por ejemplo: usted compra un tractor en $50.000. No puede reportar un gasto de $50.000 en su declaración fiscal; debe amortizar el gasto en 5, 7 o 10 años.

    El número de años que deba tomar para amortizar un activo, y cómo pueda declarar su depreciación en esos años (por ejemplo, depreciación lineal, acelerada, usando Apéndice 179, etc.) depende de la clase de activos de la propiedad en cuestión y de las características de su operación agrícola.

    Entonces, si no se mantiene el activo por más de un año, no se puede declarar la depreciación. Los edificios pueden depreciarse, pero no la tierra. La única instancia en la que puede depreciarse la tierra es cuando se hace tala de árboles o explotación minera y se puede comprobar que el valor efectivo se ha mermado. La Publicación del Servicio de Rentas Internas (IRS) 225, Guía de Impuestos para Agricultores (vea abajo), entra en detalles sobre cómo amortizar la depreciación de la propiedad agrícola común. Publicación 225 precisa que “El ganado comprado para propósitos de tracción, crianza, o productos lácteos solo puede depreciarse si no se mantiene en una cuenta de inventario. El ganado que usted cría usualmente no tiene ninguna base para la depreciación, porque el costo de criarlo se descuenta en lugar de agregarse a su base”.

    Ganancias Patrimoniales

    Cuando se vende un activo comercial, generalmente no debería reportarse como un ingreso de la operación agrícola sino como una ganancia patrimonial. La mayoría de las tasas fiscales sobre ganancias patrimoniales son más bajas que las tasas de impuestos sobre la renta.

    Por ejemplo: usted compra un tractor en $50.000, luego reporta que su valor se ha depreciado a $0 después de cuatro años, y lo vende en $20.000 en el quinto año. El monto de los $20.000 recibidos se considera como ganancia patrimonial.

    Impuestos sobre la Renta del Estado de Nueva York

    Los agricultores que hacen una declaración fiscal en los apéndices federales F o C deberían trasladar la información al formulario estatal de Nueva York Form IT 201 si hacen una declaración individual. La información de las declaraciones de impuestos sobre Sociedades debería trasladarse al formulario apropiado del estado de Nueva York. Una disposición fiscal de Nueva York disponible para negocios agrícolas calificados de Nueva York es el Crédito Fiscal por Impuestos Inmobiliarios Agrícolas para la Educación, explicado abajo.

    Crédito Fiscal por Impuestos Inmobiliarios Agrícolas para la Educación

    El Crédito Fiscal por Impuestos Inmobiliarios Agrícolas para la Educación le permite recibir un crédito fiscal en su declaración de impuestos sobre la renta estatales de Nueva York que equivale al 100% de los impuestos inmobiliarios para la Educación pagados sobre los primeros 350 acres de propiedad y al 50% de los impuestos inmobiliarios para la educación pagados sobre cualquier cantidad de acres por encima de los 350.

    Por ejemplo: El dueño de una operación agrícola calificada de 350 acres se debe el monto de $2.000 en impuestos sobre la renta estatales, pero ya pagó $3.500 en impuestos inmobiliarios para la educación por la granja. El dueño podrá tomar un crédito fiscal de $3.500, y ese monto es mayor que los $2.000 que debe en impuestos sobre la renta, por lo que no deberá nada de impuestos estatales sobre la renta por este año.

    Admisibilidad

    Para que usted califique, dos tercios de sus ingresos brutos elegibles deben provenir de ganancias agrícolas durante los últimos tres años.

    • Usted puede solicitar un crédito fiscal escolar al 100% por los primeros 350 acres de tierra agrícola, así como un crédito fiscal escolar equivalente al 50% de los impuestos escolares que se hayan pagado correspondientes al resto de su tierra.
    • Las tierras forestales dedicadas al pastoreo, control de erosión, o rompevientos podrían calificar para recibir el crédito.
    • Se puede solicitar el 100% del crédito si sus ingresos gravables son menos de $200.000 anuales, y se puede solicitar un porcentaje del crédito si sus ingresos gravables exceden $200.000 pero son menos de $300.000 anuales.
    • Si el terreno agrícola le pertenece a una sociedad anónima o LLC, puede solicitar el crédito fiscal.
    • Los créditos fiscales no usados no pueden canjearse por efectivo ni pueden aplicarse en los impuestos del próximo año.

     

    Recursos en la web:

    • Publicación 225, Guía de Impuestos para Agricultores, del Servicio de Rentas Internas (IRS Publication 225 Farmers Tax Guide) www.irs.gov/pub/irs-pdf/p225.pdf
    • Ficha informativa sobre el Crédito Fiscal Escolar para Agricultores del Buró Agrícola de Nueva York (New York Farm Bureau Farmers’ School Tax Credit Fact Sheet) https://www.nys-soilandwater.org/crep/forms/factsheet.pdf
    • Publicación 51 del Departamento de Tributación y Finanzas del estado de Nueva York, Preguntas y Respuestas sobre el Crédito Fiscal Escolar para Agricultores del Estado de Nueva York (New York State Department of Taxation and Finance Publication 51: Questions and Answers on New York State’s Farmers’ School Tax Credit) http://www.tax.ny.gov/pdf/publications/multi/pub51.pdf O llame al 1-800-462-8100 para hacer preguntas o para más información sobre publicaciones y formularios

    El formulario que se necesita usar para reclamar el Derecho de este Crédito:

    IT 217-I para declarantes individuales

    CT 47 para empresas

    Preparación de su Declaración de Impuestos

    Bien vale la pena encontrar un contador experto en impuestos que tenga experiencia con temas agrícolas para que prepare su declaración fiscal. Hay muchos beneficios impositivos para agricultores, y maneras de abordar estratégicamente cómo invertir en negocio agrícola. Un buen contador agrícola podrá darle consejos invaluables. Consulte la oficina local de la Extensión Cooperativa de Cornell para ver un listado de contadores agrícolas en su área.